Un certificado de discapacidad es un reconocimiento que acredita la discapacidad de una persona. El fin de este registro es suplir las desventajas sociales que supone tener una discapacidad, dando acceso a derechos de diferentes índoles para generar oportunidades.
Ahora la pregunte es… ¿cómo hacer el registro de discapacidad? El proceso no es tan complicado como muchos creen. Podrás comprobarlo una vez que leas este post. ¡Vamos allá!
Criterios que se tienen en cuenta para reconocer la discapacidad
Todo proceso de reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad se ejerce por el RD 1971/1999, de 23 de diciembre, donde se contemplan los criterios que determinan si la persona es discapacitada o no.
En la normativa se establece que tener un 33% de discapacidad te da el derecho de solicitar el certificado de persona con discapacidad. Hablamos de un porcentaje que se basa en factores derivados de una lesión física, psicológica o sensorial.
Por supuesto, también se tienen en cuenta los factores sociales complementarios, es decir, edad, entorno familiar, situación profesional y laboral, nivel educativa, cultural, etc.
Aclaremos que la valoración de la discapacidad se expresa en porcentajes, mientras que la de los factores complementarios se muestra a través de un mecanismo de puntuaciones.
En tanto, el grado de discapacidad se obtiene luego de modificar el porcentaje que resulta de la valoración de la discapacidad, tras sumarse la puntuación que arrojó el baremo de los sectores sociales complementarios.
¿A dónde dirigirse para conseguir el certificado de discapacidad?
La emisión de la solicitud para el reconocimiento de la discapacidad puede presentarse de forma personal o por correo en cualquiera de las oficinas de registro estipuladas por los siguientes organismos:
- Órganos Gestores de las Comunidades Autónomas con competencias.
- Direcciones Provinciales del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO) como sucede en el caso de las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.
- Servicios Centrales de esta Entidad Gestora de la Seguridad Social.
La solicitud puedes presentarla mediante cualquier medio contemplado en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 (BOE nº 285, de 27 de noviembre) y su desarrollo establecido en el artículos 2 del Real Decreto 772/1999, de 7 de Mayo.
Requisitos para la solicitud
En primer lugar, debes presentar la solicitud impresa debidamente cumplimentada. Además, tienes que anexar algunos documentos originales o fotocopiados como:
- DNI del interesado o, en su defecto, fotocopia del Libro de Familia.
- DNI del representante legal y documento acreditativo de la representación legal.
- Cada uno de los informes médicos y psicológicos que tenga la persona y donde certifiquen las secuelas tras la aplicación de medidas terapéuticas.
- Si no tiene nacionalidad española, deberás presentar su carnet de residente.
- En caso de revisión por agravamiento, se tendrán que consignar informes que lo acrediten.
¿Cómo solicitarlo?
Los trámites son los siguientes:
- Presentación de la solicitud y documentos exigidos.
- Reconocimiento por el Equipo del Centro de Valoración y Orientación.
- Informes acerca del estado de tramitación de los expedientes
- Resolución.
¿Qué recursos proceden contra la Resolución? Bien, contra las resoluciones definitivas, los interesados pueden interponer reclamación previa a la vía jurisdiccional social, según lo establecido en la Ley de Procedimiento Laboral.
Ya sabes cómo obtener el certificado de discapacidad, en caso de tener alguna duda ¡consúltanos!